Prórroga por 60 días de la prohibición de despidos.
El gobierno nacional oficializó la prórroga por 60 días de la prohibición
para las empresas de efectuar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor, medida
excepcional relacionada con la retracción económica derivada de la pandemia de coronavirus, que
regirá, entonces, hasta el mes julio inclusive.
Así lo estableció por medio del decreto de necesidad y urgencia número (DNU) 487, publicado el 19 de
mayo de 2020 en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández.; el jefe de
Gabinete, Santiago Cafiero y la totalidad de los ministros del gabinete nacional.
La nueva norma señala que "con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener
el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de
efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza
mayor, por el plazo de 60 días".
La prohibición de despidos fue decretada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU
329/2020 también por 60 días, al finalizar la primera etapa del aislamiento social, preventivo y
obligatorio.
La medida incluye la "prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando
exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de
Trabajo (LCT), es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de
aplicación".
La nueva medida establece que "aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo
dispuesto por este decreto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones
laborales existentes y sus condiciones actuales".





